GARANTIAS DE LOS VEHÍCULOS DE SEGUNDA MANO COMO MÍNIMO POR UN AÑO

Adquirir un vehículo usado es una opción muy valorada por aquellas personas que disponen de un presupuesto limitado o bien que no desean gastar mucho dinero en adquirir un coche. Si bien los consumidores cada vez se informan más de las características técnicas del vehículo (potencia, antigüedad, equipamiento), muchos de ellos olvidan solicitar una copia del contrato de compraventa, a pesar de que hayan pagado una gran cantidad de dinero por el vehículo. En «IRACHE» hemos detectado casos de personas que habían desembolsado más de 18.000 euros por un vehículo y no habían solicitado copia del contrato.

Disponer de una copia del contrato es fundamental, ya que en el mismo se hace constar no sólo la identidad de los contratantes y el precio, sino también el modelo, equipamiento del vehículo, la antigüedad y los kilómetros del vehículo, aspectos fundamentales de los que debe quedar constancia por escrito. Difícilmente un consumidor podrá reclamar, por ejemplo, en el caso de que descubra que el vehículo tenía más kilómetros de los que le dijeron en el momento de la venta, si no puede demostrarlo por escrito, o que el vendedor le prometió que el coche contaba con un determinado equipamiento, si no consta en el contrato.

Por otra parte, si el consumidor adquiere un vehículo en un concesionario, el vehículo estará garantizado por dos años, aunque consumidor y vendedor pueden pactar un plazo inferior de garantía, que no podrá ser inferior a un año.

Si el vehículo presentar cualquier problema dentro del plazo de garantía, es fundamental COMUNICAR POR ESCRITO la avería al concesionario, antes de efectuar cualquier reparación, dándole la oportunidad de reparar el vehículo. Si el consumidor no actúa de esta forma, nuevamente tendrá dificultades para poder reclamar el importe de la reparación.