IRACHE CONSIGUE UNA SENTENCIA QUE ANULA UN ACUERDO BANCARIO PARA ELIMINAR EL SUELO

Una pareja perteneciente a la Asociación de Consumidores de Navara Irache ha conseguido que la Audiencia Provincial anule, además del suelo hipotecario, el acuerdo que firmó años después con el banco para eliminarlo. En virtud de esta decisión, el banco deberá devolver a los clientes todo lo cobrado de más, que asciende a 2.894 euros. Irache cuenta con más de doscientos casos similares que están a la espera de que los tribunales se pronuncien.

El abogado de la UE ya señaló que los acuerdos deben ser transparentes para ser válidos

Esta sentencia se produce después de que en enero el Abogado General de la Unión Europea se pronunciase sobre esta cuestión. En sus conclusiones señaló que un pacto que suprime el suelo hipotecario y por el que el consumidor renuncia a sus derechos a reclamar por él solo es válido si es transparente.

La Audiencia ha confirmado la sentencia de primera instancia

En el caso enjuiciado, la Audiencia Provincial de Navarra ha confirmado la sentencia de primera instancia en la que se anulaba el suelo y el acuerdo posterior. Se trataba de un préstamo hipotecario firmado con Caja Rural de Navarra en 2009. Su índice variable era de Euribor + 1,15% pero contaba con un suelo del 2,50%.

El acuerdo cambiaba el suelo de 2,50% por un fijo del 2,25% e impedía a los clientes reclamar lo que habían pagado de más

En 2015, el banco y los clientes firmaron un acuerdo por el que se anulaba el suelo pero, a cambio, se fijaba un interés fijo del 2,25%. En este acuerdo, los clientes renunciaban a reclamar “cualquier concepto relativo a dicha cláusula así como entablar reclamaciones extrajudiciales o acciones judiciales con dicho objeto”.

Los clientes reclamaron cuando comprendieron el perjuicio económico

Cuando los consumidores se dieron cuenta de los perjuicios económicos del suelo reclamaron al banco a través de Irache y, al no obtener respuesta satisfactoria, acudieron a los tribunales. Un juzgado de primera instancia consideró nulos tanto el suelo como el acuerdo posterior para anularlo. Ahora la Audiencia Provincial de Navara ha confirmado esta decisión.

El banco impuso a los clientes renunciar a reclamar sin la información de lo que esto suponía

Los jueces consideran que el banco no fue transparente ni al ofrecer la hipoteca con suelo en un primer momento, ni años después al ofrecer un acuerdo para eliminarlo. En primera instancia ya se señaló que el acuerdo es predispuesto por el banco “imponiendo una renuncia de acciones sin aparecer justificada mínimamente la debida información sobre las consecuencias jurídicas y económicas que puede conllevar dicha decisión”.

Los clientes, sin comprender las consecuencias, no pudieron elegir entre aceptar el acuerdo o reclamar la nulidad

La Audiencia abunda en este criterio. Señala que ni el texto del acuerdo ni el testimonio del empleado bancario que lo tramitó bastan para considerar que el acuerdo fuese transparente. No se demostró que el banco hiciese comprender a los clientes las implicaciones económicas y jurídicas del acuerdo, por lo que pudieron pasar inadvertidas para ellos. Por ello, no pudieron elegir aceptar el acuerdo “con pleno conocimiento” de sus consecuencias y valorarlo como una opción mejor que comenzar una proceso para instar la nulidad de la cláusula suelo y la devolución de lo pagado de más, como finalmente hicieron.

El texto del acuerdo, señala la Audiencia, “no es lo suficientemente explícito” para concluir que los consumidores “conocieran con precisión” aspectos esenciales: que no solo aceptaban un cambio del suelo por un tipo fijo superior al variable del préstamo, sino que también renunciaban a reclamar todo lo pagado en exceso hasta la fecha del acuerdo.

Tras las conclusiones del Abogado General se está a la espera de la sentencia del TJUE

Esta sentencia, como se ha indicado, se produce después de conocer las conclusiones del Abogado General de la Unión Europea, que entiende que estos acuerdos deben ser transparentes para ser válidos. El letrado explica que “no puede perderse de vista” la “situación de inferioridad” de un consumidor con respecto a una entidad financiera ni “pasar por alto” el riesgo de renunciar a plantear acciones legales contra una cláusula abusiva. Esta situación de inferioridad, asegura, debe compensarse mediante una “intervención positiva” de un juez.

Este informe, aunque no vinculante, sí suele influir y en la mayor parte de los casos la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que debe pronunciarse próximamente sobre esta cuestión, suele ir en la misma línea.

Más de doscientos afectados por acuerdos bancarios están a la espera de que los jueces se pronuncien

Hay que tener en cuenta que Irache está defendiendo a más de doscientas personas que firmaron acuerdos con el banco para suprimir el suelo y que están a la espera de que los jueces se pronuncien. En la mayor parte de los casos, el procedimiento seguido por el banco fue similar al que ha sido objeto de esta reciente sentencia de la Audiencia Provincial y que ha dado la razón a los consumidores.