PROTECCIÓN DE DATOS SANCIONA A JAZZTEL CON 60.000 EUROS

La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto una sanción de 60.101,21 euros a la operadora Jazz Telecom, tras una denuncia presentada por la Asociación de Consumidores de Navarra Irache, por haber dado de alta en la compañía a una asociada que no lo había solicitado. La afectada recibió una llamada de Jazztell a su domicilio en la que se le informó de que estaban realizando la portabilidad desde Telefónica -la compañía que tenía contratada- a esta primera operadora. La afectada, sorprendida, explicó reiteradamente que no quería cambiar de compañía, que nunca lo había solicitado e instó a que no se efectuase esta gestión. El operador le tranquilizó y le aseguró que, en tal caso, todo quedaría como estaba.

Sin llamadas ni internet
Días después dejó de recibir los servicios de ADSL que tenía contratados con Wanadoo y una semana más tarde se quedó sin la línea y, por tanto, sin posibilidad de realizar las llamadas que efectuaba a través de la operadora Telefónica. A las molestias evidentes causadas por estos hechos, se une  la circunstancia agravante de que, al trabajar desde casa, sufrió evidentes perjuicios económicos durante el tiempo que estuvieron sin estos servicios.
La asociada acudió a Irache, desde donde se solicitó a Jazztell que realizase las acciones oportunas para restituir el servicio que tenía con Telefónica y Wanadoo y al mismo tiempo reembolsase la cantidad que se le había cobrado a la afectada por el alta de línea no solicitada en la nueva operadora.

Respuesta insatisfactoria
Tras varias gestiones llevadas a cabo desde la Asociación y ante la falta de respuesta satisfactoria por parte de Jazztell, que se negaba a pagar la instalación de punto de terminación de red, se presentó denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Finalmente, esta última institución ha decidido concluir el expediente con un procedimiento sancionador de 60.101,21 euros a Jazz Telecom por infringir el artículo 6 de la Ley Orgánica de Protección de Datos que afirma que “el tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado”.